miércoles, 16 de diciembre de 2015

Leyes, Normas y Reglamentos que norman la calidad de la educación en México

Leyes, normas y reglamentos que norman la calidad de la educación en México. (Karla Gabriela Garduño Vázquez, Sarai Hernández Vieyra)

Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
Además:
a)        Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

b)      Será nacional, en cuanto –sin hostilidades ni exclusivismos– atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura;
c)      Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos, y
d)      Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos.
                                                                  (Legislación Federal,2015)

LEY General de Educación
CAPÍTULO SEGUNDO DE LA EDUCACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO
SECCIÓN PRIMERA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN

Artículo 6.- En el Estado de México toda persona tiene derecho a recibir educación de calidad y, por lo tanto, las mismas oportunidades de acceso al Sistema Educativo con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.

                                     (Gaceta del Gobierno,11 de marzo de 2014)




CALIDAD EDUCATIVA: UN ANÁLISIS SOBRE LA ACOMODACIÓN DE LOS SISTEMAS DE  GESTIÓN DE LA CALIDAD EMPRESARIAL  A LA VALORACIÓN EN EDUCACIÓN
Este artículo presenta una discusión que aborda la implementación de los sistemas de gestión empresarial que se han usado durante la puesta en marcha de la calidad total de las empresas y que  ahora se han impuesto a la calidad de la educación. Se presenta en este artículo el sistema principal de gestión ISO 9001, que ha regulado la de la mayoría de los procesos empresariales, y se muestra en la inconveniencia de la implementación de estos sistemas a la educación, ya que basados en la experiencia del sistema MECI que se implementó, se ha descubierto que es inconveniente la acomodación de los procesos empresariales a los procesos educativos. 


(José Alfredo Díaz Palacios,2013)

ARTICULO 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

(Ley General De Educación)

ARTICULO 2o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.
La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social.

(Ley General de Educación)

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